Nuestra Constitución recoge algunos principios básicos sobre derechos laborales, tanto colectivos como individuales:
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El artículo 35.1. el derecho al trabajo, el derecho a la libre elección de profesión u oficio, el derecho a la promoción a través del trabajo y el derecho a la suficiencia e igualdad salariales.
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El 40.2. el derecho a la formación en la profesión, el derecho a la salud y la seguridad laborales, y el derecho al descanso (jornada laboral limitada y vacaciones retribuidas)
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El 28.2. el derecho de toda persona trabajadora a ejercer la huelga como medida de protesta, así como de los sindicatos a promoverla, negociar servicios mínimos, etc.
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El 28.1. el derecho a la libertad sindical (afiliación) y de creación y organización de sindicatos.
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El 37.1. el derecho de los representantes de los trabajadores a negociar convenios.
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El 37.2. el derecho de adoptar medidas de conflicto colectivo.
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Y el 129.2. el derecho de los trabajadores de participar en la empresa, e incluso añade que “los poderes públicos establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.
Todos los derechos laborales contemplados en la Constitución están incluidos en el Estatuto de los Trabajadores, que, desde 1980, ha sido reformado en 56 ocasiones, de manera que se han ido tamizando los derechos mediante la legislación de los distintos gobiernos sin que entraran en flagrante contradicción con lo contemplado en la Constitución.
¿Sabías qué…?
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Durante la Huelga General del 29 de marzo de 2012 centenares de sindicalistas fueron detenidos, entre los cuáles están Pedro Galeano, o Laura Gómez, a quien le piden más de 30 años de cárcel por una performance en la puerta de la Bolsa de Barcelona.
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Hay una larga lista de procesos contra sindicalistas: como “los ocho” de Airbus, Coca Cola en Lucha, y casi 300 personas que tienen causas abiertas por ejercer el derecho a la huelga, la principal herramienta de defensa de que disponemos los trabajadores para defender nuestros derechos
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Otro caso es el de “Alfon”, condenado a 4 años tras un montaje policial por acudir a la huelga general del 2014, encerrado bajo régimen FIES; Miguel e Isma, detenidos tras la manifestación de las Marchas por la Dignidad; O el jiennense Andrés Bódalo, para quien no valió ni un video ni un informe de la Guardia Civil que demostraban su inocencia. Mientras el gobierno ha indultado a centenares de implicados en corrupción, a Andrés se lo niega.
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