Redacción
Publicado en diciembre de 2016 en el Número 0 de la edición impresa
En 1948, tras la II Guerra Mundial, se promulgó la Solemne Declaración de los Derechos Humanos. Y en los años siguientes, muchas Constituciones y Tratados siguieron su línea más o menos garantista para la población en general. Su lectura, a día de hoy, nos proporciona sorpresas, que, por un lado son agradables por lo que amparan pero, por otro, nos muestra cómo se incumplen como norma general. Todo ello a pesar de que la práctica totalidad de Constituciones, Tratados y Convenciones la han incluido como ley elemental y suprema.
Así, nuestra Constitución de 1978, en su Título I, Artículo 10, punto 2 dice:
“Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”
Queda así, nuestra Constitución, supeditada a sus contenidos, garantizando que todo lo no reflejado expresamente en la carta magna española queda cubierto por la de la Organización de Naciones Unidas. Dicho de otra forma, la Declaración Universal de Derechos Humanos está implícitamente incluida en la Constitución Española.
Los Derechos Humanos (1) tienen como característica principal su universalidad. Nos pertenecen a todos y todas, no importa en dónde nos encontremos, ni nuestra condición social; son intransferibles, son irrenunciables, nos acompañan siempre, no podemos abdicar de ellos, son interdependientes; se relacionan y vinculan unos con otros. Además son inalienables, y no pueden ser objeto de compraventa. No prescriben ni tienen fecha de vencimiento. Son incondicionales, categóricos y tajantes, así como inviolables. Tenemos la garantía de su protección, del respeto y cumplimiento por parte del Estado, de sus instituciones, de la sociedad; son integrales y acumulativos, pueden sumarse otros que nos correspondan como personas y que en estos momentos no estén todavía contemplados.
Fueron promulgados como un ideal “por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”.
Se sabe que esa Declaración Universal es el documento más traducido, aunque los usualmente marginados no tengan ni idea de lo que se trata y que la misma no les es aplicada. Lo cual es incoherente con la existencia de tantas personas en pobreza extrema, con esa gran cantidad de niños desnutridos, sin escuela, ni asistencia médica.
(1)Puedes consultar la Solemne Declaración de Derechos Humanos en http://www.un.org/es/documents/udhr/
En este primer número de Paradigma queremos destacar uno de los artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y que pensamos que mediatiza cualquier acción a partir de él. Se trata del último, el artículo 30:
“Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.”
Sin embargo, con demasiada frecuencia comprobamos los continuos y reiterados incumplimientos en derechos básicos, como el derecho a la vida, a la alimentación, a la igualdad, a la vivienda, a la educación, o los que se refieren a la Carta de Derechos de la Tierra. Todos los días se promulgan leyes que van en contra de la Solemne Declaración Universal. Y no sólo en países mal llamados “no desarrollados”, sino en los que se llaman “del primer mundo”. No hay más que comprobar cómo el país que se llama “mayor democracia del mundo” sigue manteniendo un lugar donde, los derechos humanos, precisamente, destacan por ser transgredidos uno tras otro: Guantánamo. O qué decir de las leyes hipotecarias de nuestro país, que, además de ser contrarias a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a la Constitución Española, son declaradas contrarias a la defensa y los derechos básicos por las instituciones Europeas.
Cada vez que no se cumple el artículo 30, se están conculcando los 29 artículos anteriores. Y sus consecuencias no son cualquier cosa. Según fuentes de la propia ONU, 3,1 millones de niños mueren de hambre al año (http://es.wfp.org/hambre/datos-del-hambre). Hablamos de la vida del planeta y de sus habitantes. Y eso, como bien dice la Declaración de 1948, ha de ser el centro de todas las políticas que se desarrollen.
Como la historia nos enseña de forma machacona y tozuda, nuestro futuro está en nuestras manos. En las de cada uno y una de nosotras, de forma colectiva. Nadie consiguió un derecho si no fue a través de su reivindicación. Todo en la historia hubo que arrebatárselo al poderoso. Hoy tenemos en nuestras manos algunas muestras de que quienes viven y promueven la ilegalidad no son precisamente las capas populares de la sociedad. Con que sólo se cumplieran la Constitución española y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos y todas viviríamos mucho mejor, y en condiciones de ir avanzando en calidad de vida para nosotros y para nuestro planeta.
Toca, pues, volver a repetir la historia. Y de ello nos dan muestra a diario millones de experiencias que consiguen pequeños logros que suelen ser ocultados por los grandes medios de difusión de la información para no que cunda el ejemplo. Sirva uno para que seamos conscientes del poder que cada uno de nosotros tiene simplemente preservando nuestra dignidad. Recordando la lucha y la victoria de Rosa Parks, que puede ser la todas y todos.
Conoce tus derechos, como…..Rosa Parks
EE.UU. Año 1955. Las personas negras no subían al autobús por la parte delantera. Pagaban el billete, se bajaban, y subían por la puerta trasera, para no mezclarse con las blancas, que sí se podían quedar en la parte delantera. Un 1 de diciembre de ese año, Rosa Parks decidió que eso no podía seguir así. Rosa se instaló en la parte de en medio y se sentó en un asiento vacío, que podía ser reclamado por un blanco en caso de que la parte delantera estuviera llena. Y así ocurrió. El conductor dio un grito para que las personas negras sentadas en la mitad del autobús se levantaran porque entraban blancos sin sitio en la delantera. Pero Rosa no se movió. Aun sabiendo que incumplía una ley de su país. Pero que, a todas luces era indigna y contraria a la Declaración Universal de Derechos Humanos. Nueve años después, y tras muchas y largas luchas, la Ley de Derechos Civiles acaba con la discriminación racial aplicada desde el estado. Rosa Parks acabó su vida honrada en su propio país, el mismo que no la dejaba sentarse en un autobús.
Los Derechos y Deberes de Los Seres humanos, tienen Ya a Organizaciones Internacionales Sus Bases de Derecho y Obligaciones, en Sus Ectructuras
Y de Obligado cumplimiento por Todas las Naciones que han Firmado Tales Compromisos.