Rafael Juan
Publicado en marzo de 2017 en el Número 3 de la edición impresa
Desde la aprobación de la Ley Mordaza en julio de 2015, pero también con anteriores reformas de la Ley de Seguridad Ciudadana, el recorte en la libertad de expresión es un hecho incuestionable. En realidad, sólo lo cuestionó el anterior ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quién aseguró que con el tiempo se comprobaría que no cabían los temores de quienes estaban en contra de su aprobación. La realidad, como casi siempre, pone las cosas en su sitio.
A pesar de ir en contra de los más básicos derechos humanos y constitucionales, actualmente en nuestro país se criminalizan formas de expresión que supongan protesta o intenten denunciar actuaciones ilegales de las fuerzas de seguridad. De hecho, se creó un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana que suple al registro de antecedentes penales sin tener que pasar por un juez para que los apruebe.
Los enunciados de la Ley demuestran claramente que la intención del Estado es reprimir las crecientes protestas contra las medidas impopulares e injustas que la mayoría de los gobiernos vienen aplicando especialmente desde el estallido de la llamada “crisis económica”. Así, son detenidas y pasadas a este Registro Central extrajudicial, aquellas personas que perturban la seguridad ciudadana, como, por ejemplo, “Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales”. Esto es, parar un desahucio. O «La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas». Es decir, manifestaciones pacíficas ante edificios institucionales.
En nuestra ciudad ya ha habido numerosos casos de represión contra la libertad de expresión. Está aún fresca la denuncia contra varios activistas acogiéndose a otro precepto de la Ley Mordaza, que dice que son sancionadas “Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad”. Estas personas, ante el requerimiento de la identificación por parte policial, pidieron el número de placa de los agentes, que no la llevaban puesta a pesar de estar obligados a ello. Sin mediar insulto o amenaza, y con la presunción de veracidad que conlleva el ser policía (el artículo 52 establece «el valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad»), fueron multados en base al motivo citado: falta de respeto y consideración. Multas que son dirigidas a personas cuyo pago supone un trastorno económico grande y que tiene como fin el que “la próxima vez que vaya a protestar, se lo piense”. Afortunadamente, la solidaridad en estos casos hace que la multa se pague de manera colectiva.
Cuando nuestro gobierno legisla contra la ciudadanía obliga a ésta a ejercer su legítimo derecho a la protesta y a la rebeldía. Para sofocar el descontento lo castiga con la imposición, la represión y el sometimiento. Y, curiosamente, en nombre de la democracia, de la que intenta dar ejemplo a otros países.
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