Docentes por la Pública (DxP) ha venido insistiendo a lo largo del curso en que las condiciones actuales no aconsejaban la convocatoria y realización de procesos selectivos para el acceso al funcionariado en la Enseñanza Pública andaluza. En concreto, entendían que la pandemia, el cansancio del profesorado en este curso excepcional, la falta de garantías sobre la profilaxis necesaria en las oposiciones, y la expectación y dudas ante las medidas a adoptar en general en la Administración española sobre el personal temporal, con su correspondiente desarrollo normativo sectorial y autonómico, hacían que este sindicato considerara conveniente la paralización de las oposiciones en este año 2021.
En concreto, DxP observó que la orden de convocatoria de 30 de noviembre de 2020 en su primera disposición atentaba contra derechos fundamentales, ya que no respetaba la preceptiva reserva para personas con discapacidad en el turno de promoción interna del A2 al A1. El 11 de enero de 2021, el sindicato presentó recurso administrativo de reposición para corregir este defecto. La Administración educativa andaluza, sin embargo, en lugar de subsanarlo persistió en su actitud, lo que llevó a que el 18 de febrero se interpusiera demanda por vía de urgencia para la protección de derechos fundamentales, formalizada el 5 de abril una vez admitida a trámite. Todo ello ante lo que DxP considera (o al menos así quiere considerarlo) un flagrante error que afectaba a derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española (a la igualdad, artículo 14, y a la igualdad en el acceso a la función y a los cargos públicos, artículo 23)
El pasado 30 de junio, la sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia en la que falla a favor del recurso presentado por DxP, anulando el artículo 1.1 de la orden de oposiciones, relativo a las plazas ofertadas.
Adjuntamos, íntegramente, la sentencia de dicha sala:
Sentencia oposiciones educación 2021
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