En junio de 2020, C.T.A. interpuso denuncia ante el Defensor del Pueblo del Estado Español contra el Ayuntamiento de Córdoba, por incumplimiento reiterado de las obligaciones de este Ayuntamiento al no realizar durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 la aprobación de la Masa Salarial del Personal Laboral que comprende, respecto del personal laboral, la referida a la propia Entidad Local, organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles locales dependientes de ella, así como de consorcios adscritos.
En dicha denuncia, CTA denunció que, a pesar de los informes de la Intervención Municipal como del propio Departamento de Recursos Humanos, queda clara la necesidad de cumplir con lo establecido en la ley 27/ 2013 de 27 de diciembre sobre Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Dicha denuncia también se basa en el cumplimiento del art. 103 de la Constitución Española de 1978, por lo que requieren que: “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley ya al Derecho”.
El 1 de Julio de 2020, el Defensor del Pueblo admitió la denuncia a trámite y el 28 de septiembre de 2020, la Adjunta Segunda al Defensor del Pueblo, comunicó al sindicato la tardanza en entregar la documentación requerida, requiriendo al Ayuntamiento de Córdoba para que de forma urgente remita la misma.
El 17 de diciembre la misma Sra. Adjunta Segunda del Defensor del Pueblo, dio traslado del requerimiento que por segunda vez le efectuó al Gobierno Municipal del P.P. y Ciudadanos, recordándole “su deber inexcusable de colaboración, expresamente regulada en el art. 19 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril”.
El 13 de febrero de este año, la representante de C.T.A. en la Comisión Informativa de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Córdoba, preguntó al Delegado de Recursos Humanos, Sr. Jordano, sobre dicho requerimiento del Defensor del Pueblo, contestando éste que desconoce dicha petición del Defensor del Pueblo. C.T.A. puso inmediatamente en conocimiento del Defensor del Pueblo este programa.
Finalmente el 18 de marzo, el Defensor del Pueblo comunica a C.T.A. que ha comunicado al Ayuntamiento de Córdoba que, como continuación al requerimiento de 17 de diciembre de 2020, se le vuelve a requerir que entregue dicha documentación. En ese requerimiento le advierte que “la ausencia de respuesta a este último requerimiento sería expresiva de una falta de colaboración de la Administración para cumplir con el deber legal impuesto por la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. Y daría lugar a los efectos previstos en la misma ley, incluidos el informe correspondiente a las Cortes Generales y la declaración de la actividad hostil y entorpecedora, según lo previsto en los artículos 18.2 y 24.1”.
Para CTA, las conclusiones sobre este episodio son muy evidentes:
- El Delegado de Recursos Humanos «miente ante toda una Comisión Informativa de Personal, ojo a ver que van a hacer los grupos de la oposición, y por supuesto ante los representantes legales de los trabajadores, a los cuales ningunea con asiduidad. Y un político que miente respecto del requerimiento de una institución tan importante del Estado, el Sr. Jordano debería de dimitir, porque no debe de tener credibilidad para nadie y muchos menos para el Sr. Bellido, alcalde de Córdoba, por lo que deberían de cesarlo de forma inmediata«.
- El Gobierno Municipal sustentado por P.P. , Cs, VOX y desde la aprobación de los presupuestos por PSOE, «está incumpliendo flagrantemente la ley de Racionalidad y Sostenibilidad de las Administraciones Locales que la aprobó con mayoría absoluta el Gobierno de Rajoy del P.P., es decir, que tira por la borda, el supuesto estado de derecho, incumpliendo sus propias leyes«.
- «Incumple todos los parámetros democráticos, puesto que desoye a una institución como la del Defensor del Pueblo«.
- Temen que, al no tener el Defensor del Pueblo ninguna potestad impositiva ni sancionadora, y mucho menos de exigir responsabilidades, todo acabará en un informe a las Cortes Generales, donde se disolverá en su propia burocracia y carecerá de trascendencia alguna por la política de conveniencias y oportunidades propia de dicha institución.
CTA ha anunciado que en el día de ayer inició el procedimiento administrativo que culminará en el judicial para hacer que se cumpla con el acuerdo de octubre del año 2018, por el que se le debe el pago de sábados a los colectivos que los trabajan, el pago de penoso, tóxico y peligroso a Infraestructuras y Bomberos, y pluses adeudados a Museos. Acuerdos que «el Partido Popular y Ciudadanos votaron el levantamiento del reparo no suspensivo de la intervención municipal del día 28 de diciembre del 2018, y que el Gobierno Municipal con el Sr. Jordano a la cabeza viene incumpliendo impunemente, yendo contra los actos administrativos y acuerdos aprobados en el Pleno Municipal y contra sus propios actos. Nos gustaría que añadiendo la palabra “a sabiendas”, el Sr. Jordano que es letrado nos dijera cual es la calificación jurídica de las actuaciones en esta materia del Grupo Municipal del P.P.»
En este mismo sentido de incumplimientos contractuales en las relaciones laborales, CTA denuncia la negativa a cumplir con el convenio colectivo, negando la eficacia legal del mismo, y por lo tanto, la negociación colectiva amparada por el art. 37 de la Constitución Española. La semana próxima, C.T.A. interpondrá la demanda por conflicto colectivo por no abonar al personal laboral las pagas extraordinarias correctamente.
Por todo ello, CTA considera «que el Ayuntamiento de Córdoba quiere exterminar la plantilla laboral del mismo, y con ello los servicios públicos de mantenimiento de la ciudad, para dárselo a empresas privadas que evidentemente miran por sus intereses y no por la ciudad. Por eso quieren sustituir el convenio colectivo del personal laboral por la Valoración de Puestos de Trabajo«.
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