Un total de 12 organizaciones sociales han manifestado a través de un comunicado su «profundo desacuerdo» con la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, el pasado 26 de octubre, que ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad contra la denominada «prisión permanente revisable», por lo que han remitido a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados una petición para que «inicien su inmediata derogación».
Los colectivos que firman el manifiesto son la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), la Asociación Libre de Abogadas y Abogados Zaragoza (ALAZ), la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA), el Colectivo de Apoyo a Mujeres Presas en Aragón (CAMPA), EsCulCa (Observatorio para Defensa dos Direitos e Liberdades), el Ilustre Colexio de Avogados de Ourense, Irídia – Centro de Defensa de Derechos Humanos, IACTA Cooperativa d’Advocades, el Observatorio del Sistema Penal y Derechos Humanos (OSPDH), Salhaketa Araba, Salhaketa Nafarroa y Oteando.
Las organizaciones sostienen que «el fallo del Alto Tribunal confirma un claro y terrible retroceso en el respeto de los derechos fundamentales», ya que, tal y como recuerdan, «la prisión perpetua se encontraba derogada desde el año 1928». Desde entonces, tanto durante los regímenes constitucionales como dictatoriales, «la privación de libertad a perpetuidad no estaba contemplada en el ordenamiento jurídico».
En este sentido, desde las organizaciones coinciden con el enjuiciamiento realizado por los magistrados Xiol Ríos y Conde-Pumpido y la magistrada Balaguer Callejón en su voto particular a la sentencia en el que indican que «aunque la Constitución Española de 1978 no prohíba expresamente la prisión a perpetuidad, no implica que la medida sea constitucional». A su juicio, la declaración de constitucionalidad de la prisión perpetua no respeta el «principio de no regresión», consagrado en el derecho internacional de los derechos humanos. Tal principio impide que, como recoge el voto particular, «se perjudiquen contenidos de los derechos y libertades fundamentales ya consolidados o que pudieran consolidarse» dentro de un Estado. La organización también recuerda que «ni existían -ni existen- razones que pudieran justificar de forma extraordinaria la incorporación de la prisión perpetua a nuestro ordenamiento jurídico» ya que, de acuerdo con los últimos datos de Eurostat, «nos situamos entre los países con una de las menor es tasas de homicidios de toda la Unión Europea junto a Estados como Suiza, Noruega, Italia o Luxemburgo».
Por otra parte, en su comunicado también han recordado que la prisión perpetua se aprobó «a pesar de la oposición de seis de los siete grupos parlamentarios existentes en el Congreso en el momento de su aprobación». Además, como advierte el voto particular de la sentencia, contó con la negativa del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) por considerarla «inconstitucional» ya que, afirma, cualquier pena debe ir orientada a la reeducación y reinserción social.
Igualmente, los Servicios de Orientación Jurídica Penitenciaria (SOAJP), dependientes de los Colegios de Abogados, también mostraron su desacuerdo ante una pena que «no nos protege más, no nos hace más libres y sí nos convierte en menos civilizados».
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