Las organizaciones Stop Represión y la Delegación en Granada de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) han comunicado en una nota de prensa que «el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo que presentaron ante el archivo de una denuncia contra agentes de la Policía Nacional, por un caso de detención ilegal y tortura» durante la celebración de la manifestación alentada por el partido de extrema derecha Vox el 23 de mayo de 2020, en el que supuestamente varios agentes retuvieron, agarraron fuertemente, zarandearon y golpearon a una mujer que paseaba a su perro cerca del recorrido de la manifestación, causándole diversos hematomas.
De hecho, tal como señala el informe pericial, durante la detención, una enfermera reconoció a la detenida en comisaría y “recomendó su traslado al hospital para llevar a cabo una exploración radiológica, debido a una grave inflamación que presentaba en el brazo”, lesión que fue ratificada en el hospital, que detectó un eritema -inflamación-, una erosión en el hombro derecho e inflamación en la muñeca derecha, además de lesiones y contusiones en muslo, muñeca y heridas, según el parte médico.
La denunciante presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando que se habían vulnerado los derechos fundamentales «a la integridad física y moral en relación con la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas la garantías y uso de los medios pertinentes de prueba». En su escrito de amparo, se sostenía que «el caso reviste una especial trascendencia constitucional», ya que pone de manifiesto que «la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la investigación de malos tratos prohibidos por el artículo 15 de la Constitución Española está siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria».
Ahora, la Sección Tercera de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso al apreciar «una especial transcendencia constitucional porque el recurso puede dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina», en lo que se refiere a investigación de torturas o tratos inhumanos.
En este sentido, las organizaciones sociales que están acompañando a la denunciante en el procedimiento recuerdan que «este año el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó de nuevo al Estado español al constatar la ausencia de una investigación profunda y efectiva sobre las denuncias de un demandante de Pamplona que alegaba haber sido maltratado durante su detención incomunicada por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado». Según los últimos datos ofrecidos por el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura, 102 funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cumplían condena en centros penitenciarios durante el año 2020. Aunque la mayor parte de ellos (41) se encontraban privados de libertad por acciones contra la libertad e indemnidad sexual, nueve estaban condenados por detención ilegal, siete por agresión con lesiones, seis por homicidio y uno por torturas o tratos inhumanos.
Las organizaciones sociales celebran la admisión a trámite del recurso de amparo y esperan que el Alto Tribunal «reconozca el derecho a la tutela judicial efectiva y declare que se han violado los derechos fundamentales de la denunciante», que por tanto, «se revoquen todas y cada una de las resoluciones judiciales impugnadas» y que promueva con su resolución, el cumplimiento de la investigación de los delitos de torturas o tratos inhumanos.
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