Atalaya Mining emitió ayer un comunicado en la Bolsa de Londres y en su web internacional, donde informó que la Junta de Andalucía le ha otorgado la Autorización Ambiental Unificada (AAU) para su mina de Riotinto y que con ello “finaliza el proceso legal (…) en relación con la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (“TSJA”) en relación con la AAU”. Posteriormente ha informado a los medios españoles que “La Junta de Andalucía convalida definitivamente la autorización ambiental de la mina de Riotinto”, anulada por la referida Sentencia del TSJA de 19 de septiembre de 2018.
Ambas afirmaciones no son ciertas, porque ese procedimiento de ejecución de sentencia no es definitivo. Está impugnado por Ecologistas en Acción en julio y en octubre de 2019 ante el alto tribunal andaluz, que todavía tiene que resolver esa impugnación.
Resulta también sorprendente que Atalaya anuncie una nueva resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas que convalide la autorización de funcionamiento de la actividad minera. La nueva AAU ni siquiera ha sido publicada en BOJA, por lo que carece de eficacia para amparar la validez de la autorización minera anulada por la segunda Sentencia del TSJA, de 24 de abril de 2019.
El 16 de julio de 2019 se publicó en el BOJA anuncio de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático por el que se iniciaba un nuevo periodo de información pública para obtener una nueva AAU para la mina de Riotinto, como ejecución de la Sentencia de 19 de septiembre de 2018. El 24 de julio, Ecologistas en Acción interpuso ante el TSJA incidente de ejecución de sentencia donde se pedía la nulidad por vulneración de los propios términos de la Sentencia ejecutada, y el 25 de octubre de 2019 se reiteró la misma. Y todo ello porque la Junta de Andalucía nuevamente omitió la información pública de 18 informes sectoriales y el informe preceptivo de compatibilidad ambiental referido a toda la documentación del proyecto, que fueron precisamente las causas de nulidad de la Sentencia de 2018. Estas causas no son defectos formales –como intentan defender Atalaya y la Junta de Andalucía-, sino que afectan directamente a los derechos de participación y de información pública de la ciudadanía que según la sentencia “constituyen sendos pilares esenciales del trámite de evaluación de impacto ambiental”.
Desde el punto de vista ambiental, lo más grave es que la Junta de Andalucía nuevamente, ha omitido en la información pública documentación muy relevante, respecto al grave riesgo de rotura de las balsas de lodos tóxicos de la mina de Riotinto y ha omitido la Evaluación de Impacto Ambiental de ese riesgo que amenaza a toda la cuenca aguas abajo del Odiel, incumpliendo por tanto la legislación ambiental vigente.
Por todo lo anterior, Ecologistas en Acción presentará urgentemente demandas de ejecución contra la nueva AAU y contra la resolución de convalidación de la autorización de reinicio de labores mineras.
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